23.3.09

24 de marzo de 1976

Dos textos de Eduardo Aliverti (2006 y 2008) que no tienen desperdicio:

Cuidado

Hay algunos aspectos de lo vivo y lo muerto del golpe en que una mayoría de los recordatorios no repararon o no quisieron reparar. Varios de ellos ya supieron ser señalados en ésta y otras columnas, en otros aniversarios de la instauración formal del terrorismo de Estado...

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Golpeado, pero vivo

Hoy se cumplen 32 años del golpe y el periodista estaba repasando, como lo hace con atención especial cada vez que se trata de un acontecimiento de esa naturaleza, lo que en su momento o en varias circunstancias supo decir sobre el tema. Y volvió a encontrarse con una columna de hace unos años, respecto de la cual vuelve a parecerle que no tiene que alterar virtualmente nada. Y no está nada mal eso de sentirse ratificado...

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15.3.09

La pena de muerte

Por María Elena Walsh.

Fui lapidada por adúltera. Mi esposo, que tenía manceba en casa y fuera de ella, arrojó la primera piedra, autorizado por los doctores de la ley y a la vista de mis hijos.
Me arrojaron a los leones por profesar una religión diferente a la del Estado.
Fui condenada a la hoguera, culpable de tener tratos con el demonio encarnado en mi pobre cuzco negro, y por ser portadora de un lunar en la espalda, estigma demoníaco.
Fui descuartizado por rebelarme contra la autoridad colonial.
Fui condenado a la horca por encabezar una rebelión de siervos hambrientos. Mi señor era el brazo de la Justicia.
Fui quemado vivo por sostener teorías heréticas, merced a un contubernio católico-protestante.
Fui enviada a la guillotina porque mis Camaradas revolucionarios consideraron aberrante que propusiera incluir los Derechos de la Mujer entre los Derechos del Hombre.
Me fusilaron en medio de la pampa, a causa de una interna de unitarios.
Me fusilaron encinta, junto con mi amante sacerdote, a causa de una interna de federales.
Me suicidaron por escribir poesía burguesa y decadente.
Fui enviado a la silla eléctrica a los veinte años de mi edad, sin tiempo de arrepentirme o convertirme en un hombre de bien, como suele decirse de los embriones en el claustro materno.
Me arrearon a la cámara de gas por pertenecer a un pueblo distinto al de los verdugos.
Me condenaron de facto por imprimir libelos subversivos, arrojándome semivivo a una fosa común.
A lo largo de la historia, hombres doctos o brutales supieron con certeza qué delito merecía la pena capital. Siempre supieron que yo, no otro, era el culpable. Jamás dudaron de que el castigo era ejemplar. Cada vez que se alude a este escarmiento la Humanidad retrocede en cuatro patas.

Tomado de Almacén de rastros

10.3.09

11 de marzo de 1973: la fórmula Cámpora - Solano Lima alcanza el 49.5% de los votos

Héctor Cámpora se presentó en las elecciones de marzo de 1973 como candidato por el FreJuLi, debido a la proscripción técnica hacia Perón de la dictadura de Alejandro Agustín Lanusse, que determinaba que los candidatos presidenciales debían acreditar un período previo de residencia en el país, que Perón obviamente no podía satisfacer. La cláusula había sido diseñada ex profeso en contra de la candidatura de Perón. Como vicepresidente de la fórmula fue designado Vicente Solano Lima, del Partido Conservador Popular, un desgajamiento del antiguo conservadurismo de la provincia de Buenos Aires.

La fórmula Cámpora- Solano Lima alcanzó el 49.5% de los votos y la UCR ocupó el segundo lugar con un 25%. Como el FreJuLi no alcanzó más del 50% de los votos la legislación habilitaba una segunda vuelta o ballotage. Sin embargo, para evitar su segura derrota, la UCR renunció a ese derecho y aceptó la victoria de Cámpora, quien asumió el 25 de mayo de 1973, dándose así por finalizado el período dictatorial de la autoproclamada Revolución Argentina. Acudieron al acto de investidura, entre otros, el entonces presidente socialista de Chile, Salvador Allende, y el de Cuba, Osvaldo Dorticós, en la tradicional Plaza de Mayo se concentraron alrededor de un millón de personas para recibirlo.

Cámpora, flanqueado por Abal Medina (Montoneros) y José Rucci (CGT)
"El delegado de Perón" para los peronistas y "el dentista" para los gorilas, nació en Mercedes, Buenos Aires, en 1909. Fue presidente de la Cámara de Diputados de la Nación entre 1947 y 1951. En 1955 fue encarcelado en el penal de Ushuaia, de donde logró fugarse. Convocado por Perón, fue su delegado político, se encargó de reorganizar el movimiento, ganar las elecciones y concretar su regreso. Fue elegido presidente de la Nación el 11 de marzo de 1973, cargo que ocupó durante 49 días, y al que renunciaría para posibilitar el acceso de Perón al poder efectivo. Murió en México en 1980. Por siempre será el querido "Tío" para las jóvenes generaciones de los '70.
Ver el articulo "La hora de Cámpora" de José Pablo Feinmann

Ver artículos en "El Ortiba"

9.3.09

3er. Congreso del Pensamiento Nacional: la Patria en la Aldea Global

Temario:
Los nuevos espacios de militancia
La cibermilitancia
Carta Abierta y las Cátedras Nacionales
Homenaje a Scalabrini Ortiz, el Hombre que está solo y Espera
A 60 años, la vigencia ideológica de la Constitución de 1949
Los medios de comunicación alternativos
Los desafíos electorales para el 2009
Movimiento Nacional y Partidos Políticos

Fecha de realización: 26 al 28 de marzo 2009

Lugar: Centro Cultural de la Universidad Nacional del Centro, Tandil

Información: tel. 02293 15642628
Correos: joserubensentis(a)yahoo.com.ar - adroguedaniel(a)yahoo.com.ar

Declarado de Interés Legislativo Por el Honorable Cámara de Diputado de la Nación
De Interés Legislativo por la Honorable Cámara de Diputados de Buenos Aires
De Interés Cultural por el Honorable Concejo Deliberante de Tandil

Ver blog del IREG

3.3.09

5 de marzo de 1956, se firma el Decreto 4161, de "prohibición de elementos de afirmación ideológica o de propaganda peronista"

Pedro Eugenio Aramburu

Visto el decreto 3855/55 (6) por el cual se disuelve el Partido Peronista en sus dos ramas en virtud de su desempeño y su vocación liberticida, y

Considerando: Que en su existencia política el Partido Peronista, actuando como instrumento del régimen depuesto, se valió de una intensa propaganda destinada a engañar la conciencia ciudadana para lo cual creo imágenes, símbolos, signos y expresiones significativas, doctrinas, artículos y obras artísticas:

Que dichos objetos, que tuvieron por fin la difusión de una doctrina y una posición política que ofende el sentimiento democrático del pueblo Argentino, constituyen para éste una afrenta que es imprescindible borrar, porque recuerdan una época de escarnio y de dolor para la población del país y su utilización es motivo de perturbación de la paz interna de la Nación y una rémora para al consolidación de la armonía entre los Argentinos.

Que en le campo internacional, también afecta el prestigio de nuestro país porque esas doctrinas y denominaciones simbólicas, adoptadas por el régimen depuesto tuvieron el triste mérito de convertirse en sinónimo de las doctrinas y denominaciones similares utilizadas por grandes dictaduras de este siglo que el régimen depuesto consiguió parangonar.

Que tales fundamentos hacen indispensable la radical supresión de esos instrumentos o de otros análogos, y esas mismas razones imponen también la prohibición de su uso al ámbito de las marcas y denominaciones comerciales, donde también fueron registradas con fines publicitarios y donde su conservación no se justifica, atento al amplio campo que la fantasía brinda para la elección de insignias mercantiles.

Por ello, el presidente provisional de la Nación Argentina, en ejercicio del Poder Legislativo, decreta con fuerza de ley

Art. 1º

Queda prohibida en todo el territorio de la Nación:

a) La utilización, con fines de afirmación ideológica peronista, efectuada públicamente, o propaganda peronista, por cualquier persona, ya se trate de individuos aislados o grupos de individuos, asociaciones, sindicatos, partidos políticos, sociedades, personas jurídicas públicas o privadas de las imágenes, símbolos, signos, expresiones significativas, doctrinas artículos y obras artísticas, que pretendan tal carácter o pudieran ser tenidas por alguien como tales pertenecientes o empleados por los individuos representativos u organismos del peronismo.

Se considerará especialmente violatoria de esta disposición la utilización de la fotografía retrato o escultura de los funcionarios peronistas o sus parientes, el escudo y la bandera peronista, el nombre propio del presidente depuesto el de sus parientes, las expresiones "peronismo", "peronista", " justicialismo", "justicialista", "tercera posición", la abreviatura PP, las fechas exaltadas por el régimen depuesto, las composiciones musicales "Marcha de los Muchachos Peronista" y "Evita Capitana" o fragmentos de las mismas, y los discursos del presidente depuesto o su esposa o fragmentos de los mismos.

b) La utilización, por las personas y con los fines establecidos en el inciso anterior, de las imágenes, símbolos, signos, expresiones significativas, doctrina artículos y obras artísticas que pretendan tal carácter o pudieran ser tenidas por alguien como tales creados o por crearse, que de alguna manera cupieran ser referidos a los individuos representativos, organismos o ideología del peronismo.

c) La reproducción por las personas y con los fines establecidos en el inciso a), mediante cualquier procedimiento, de las imágenes símbolos y demás, objetos señalados en los dos incisos anteriores.

Ver resto de los artículos del Decreto 4161