30.11.11

Instituto Nacional de Revisionismo Histórico Argentino e Iberoamericano Manuel Dorrego


SECRETARIA DE CULTURA

Créase el Instituto Nacional de Revisionismo Histórico Argentino e Iberoamericano Manuel Dorrego.

Designaciones.

Bs. As., 17/11/2011

VISTO el expediente Nº EXP-JGM: 0045964/2011 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, por el cual un grupo de destacados historiadores argentinos solicita la creación del INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTORICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO”, y

CONSIDERANDO:

Que la finalidad del INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTORICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO” será estudiar, investigar y difundir la vida y la obra de personalidades y circunstancias destacadas de nuestra historia que no han recibido el reconocimiento adecuado en un ámbito institucional de carácter académico, acorde con las rigurosas exigencias del saber científico.

Que se ha elegido la figura del Gobernador Manuel DORREGO como símbolo de esta iniciativa por ser un prócer caracterizado por su patriotismo, coraje y clarividencia que lo llevaron a destacarse como pocos en las luchas de nuestra Independencia. Abogó por la organización federal de nuestra Patria y representó los intereses de los sectores populares, como quedó demostrado durante su corta gestión como Gobernador de Buenos Aires. Su trágico final y las sangrientas consecuencias posteriores son un llamado a desterrar la intolerancia y la violencia de las prácticas políticas. Por su parte, su impronta iberoamericana se reflejó en sus vínculos con Simón BOLIVAR, como así también, en sus esfuerzos para impedir la anexión de la Banda Oriental del Uruguay al Brasil.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTORICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO” no se abocará en exclusividad a la figura del mártir de Navarro sino a la reivindicación de todas y todos aquellos que, como él, defendieron el ideario nacional y popular ante el embate liberal y extranjerizante de quienes han sido, desde el principio de nuestra historia, sus adversarios, y que, en pro de sus intereses han pretendido oscurecerlos y relegarlos de la memoria colectiva del pueblo argentino.

Que, asimismo, prestará especial atención a la reivindicación de la participación femenina.

Que, por otro lado, reivindicará la importancia protagónica de los sectores populares, devaluada por el criterio de que los hechos sucedían sólo por decisión de los “grandes hombres”.

Que, en tal sentido, el Instituto cuya creación se dispone, prevé también dar lugar al aporte enriquecedor del arte, la literatura, el cine, la música y todas aquellas manifestaciones culturales que ayudarán a establecer la importancia de la revisión histórica.

Que la actividad del Instituto permitirá profundizar el conocimiento de la vida y obra de los mayores exponentes del ideario nacional, popular, federalista e iberoamericano, como José de SAN MARTIN; Martín GÜEMES; José Gervasio ARTIGAS; Estanislao LOPEZ; Francisco RAMIREZ; Angel Vicente “Chacho” PEÑALOZA; Felipe VARELA; Facundo QUIROGA; Juan Manuel de ROSAS; Juan Bautista BUSTOS; Hipólito YRIGOYEN; Juan Domingo PERON y Eva DUARTE de PERON, entre otros. Asimismo, estudiará la trayectoria de otros próceres iberoamericanos como Simón BOLIVAR, Bernardo O’HIGGINS, el mariscal Antonio José de SUCRE, Miguel Gregorio Antonio Ignacio HIDALGO, José MARTI, Manuel UGARTE, José VASCONCELOS, Rufino BLANCO FOMBONA, Augusto SANDINO, Luis Alberto HERRERA y Víctor Raúl HAYA DE LA TORRE.

Que, dentro de las competencias del Instituto, se cuenta el estímulo y la promoción de la actividad de historiadores, ensayistas y pensadores abocados a la investigación y divulgación de la historia revisionista. Para ello, se implementará un sistema de becas, subsidios y premios que favorezcan el desarrollo y profundización de sus tareas.

Que la creación del INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTORICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO” permitirá la continuidad institucional de un estudio riguroso sobre los temas de incumbencia, mediante la recopilación del material documental y testimonial existente y la promoción de congresos, cursos y publicaciones que contribuyan a la profundización y divulgación de las personalidades y su repercusión histórica social.

Que, en razón de lo expuesto, resulta pertinente dotar al Instituto en cuestión de los recursos materiales necesarios para lograr la óptima concreción de sus objetivos.

Que han tomado intervención los servicios jurídicos competentes.

Que la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Créase, en jurisdicción de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTORICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO”, con carácter de organismo desconcentrado, cuya finalidad primordial será el estudio, la ponderación y la enseñanza de la vida y obra de las personalidades de nuestra historia y de la Historia Iberoamericana, que obligan a revisar el lugar y el sentido que les fuera adjudicado por la historia oficial, escrita por los vencedores de las guerras civiles del siglo XIX.
Art. 2º — Institúyense los siguientes Premios:
a) Premio “JOSE MARIA ROSA”, que será otorgado cada DOS (2) años al historiador, ensayista o pensador argentino que más se haya destacado en la investigación, elaboración y divulgación de la historia revisionista nacional.
b) Premio “JORGE ABELARDO RAMOS”, que distinguirá a quien se haya destacado, dentro del territorio iberoamericano, en la historia revisionista continental.
Ambos Premios deberán representar un aliciente económico para los ganadores —para lo cual el Instituto destinará un monto dinerario— y podrán establecer Menciones para aquellos trabajos que merecieran destacarse además del ganador. De igual forma, podrán ser declarados desiertos.
Art. 3º — Serán competencias del INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTORICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO”:
a) La investigación histórica y los estudios historiográficos, críticos, filosóficos, sociales, económicos, educacionales, jurídicos y políticos referidos a la acción pública y privada de Manuel DORREGO y de todas y todos aquellos que, como él, abogaron por una Patria de raíces nacionales, populares, democráticas y federalistas.
b) La elaboración de publicaciones y organización de eventos culturales, viajes, seminarios, congresos, jornadas, reuniones académicas y de investigación científica, tanto en su sede como en establecimientos educacionales, civiles y centros de cultura del país.
c) La colaboración con las autoridades nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipales y con las instituciones de enseñanza oficiales y privadas, para enseñar los objetivos básicos que deben orientar la docencia para un mejor aprovechamiento y comprensión de las acciones y las personalidades de las que se ocupará el Instituto como, asimismo, el asesoramiento respecto de la fidelidad histórica en todo lo que se relacione con los asuntos de marras.
d) La creación de museos, archivos y registros documentales, biográficos, bibliográficos, iconográficos, numismáticos, filatélicos y similares, como así también, la realización de concursos y cursos literarios, históricos y musicales, entre otros, pudiendo otorgar distinciones y premios, dentro y fuera del país.
e) La administración de los premios creados en el artículo 2º de la presente medida.
f) La cooperación con autoridades, instituciones y personas respecto del contexto histórico y de la conservación y seguridad de los establecimientos, edificios, lugares históricos, obras de arte y demás elementos rescatados o que se recuperen en el futuro, vinculados con el objetivo del Instituto.
g) El estudio y registro de la toponimia y demás denominaciones relacionadas, como así también de todo lo referente a efigies, distintivos y emblemas.
h) La puesta en marcha de un banco de datos, archivo gráfico, biblioteca, hemeroteca, cinemateca y videoteca, sin invadir la jurisdicción de otras instituciones científicas o historiográficas.
i) La realización de estudios, investigaciones, cursos, conferencias, seminarios y publicaciones acerca de la participación de la mujer y los sectores populares en la vida política, económica, social, y cultural de nuestro país.
j) La organización de los actos oficiales de homenaje a Don Manuel DORREGO los siguientes días de cada año: el 11 de junio, aniversario de su natalicio, y el 13 de agosto, aniversario de su asunción como Gobernador de Buenos Aires. Asimismo, colaborará con otras celebraciones que le sean encomendadas por la PRESIDENCIA DE LA NACION, a través de la SECRETARIA DE CULTURA.
Art. 4º — El INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTORICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO” prestará asesoramiento previo con relación a la realización de actos referidos a las personalidades históricas abarcadas por él, a particulares, instituciones privadas, autoridades, reparticiones públicas, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales que se relacionen con el ámbito de influencia y acción del mismo y que requieran apoyo financiero o de otro tipo por parte del ámbito oficial para su realización, y tendrá, además, intervención necesaria en los eventos que organice el Estado Nacional o con participación del mismo.
Art. 5º — El INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTORICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO” estará conformado por un Cuerpo Académico integrado por TREINTA Y TRES (33) Miembros de Número, quienes deberán ser historiadores o investigadores especializados en los temas revisionistas que sean de competencia del Instituto, de los cuales, al menos CINCO (5), deberán ser mujeres y otros CINCO (5) deberán provenir del interior del país.
Los Miembros de Número iniciales serán los que se designan por el presente decreto en el ANEXO I que forma parte integrante del mismo.
Art. 6º — Cuando se produzca una vacante en el Cuerpo Académico, el nuevo Miembro de Número será designado a propuesta de TRES (3) miembros y aceptado por el voto de DOS TERCIOS (2/3) de los presentes en la convocatoria realizada a tal fin.
Art. 7º — El patrimonio del INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTORICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO” se conformará con los siguientes recursos:
a) Las partidas que se determinen en el Presupuesto Nacional.
b) Los provenientes de donaciones y legados.
c) Los intereses y rentas que devenguen las inversiones de los recursos obtenidos.
d) Los fondos provenientes de convenios o acuerdos con instituciones nacionales públicas o privadas que celebre el Instituto.
Art. 8º — El INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTORICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO” será dirigido por UNA (1) COMISION DIRECTIVA, cuya primera composición será la siguiente: PRESIDENTE: O’DONNELL, Mario Ernesto (D.N.I. Nº 4.381.587) (Ciudad Autónoma de Buenos Aires). VICEPRESIDENTE PRIMERO: BELLOTTA, Araceli Viviana (D.N.I. Nº 14.027.615) (Provincia de Buenos Aires). VICEPRESIDENTE SEGUNDO: RAMOS, Víctor Jorge (D.N.I. Nº 11.666.737) (Ciudad Autónoma de Buenos Aires). SECRETARIO: LAUNAY, Luis (D.N.I. Nº 7.829.866) (Provincia de Buenos Aires). PROSECRETARIO: GULLO, Juan Marcelo (D.N.I. Nº 16.267.027) (Provincia de Santa Fe). TESORERO: VAZQUEZ, Pablo Adrián (D.N.I. Nº 22.001.031) (Ciudad Autónoma de Buenos Aires). PROTESORERA: MANAUTA, Leticia Catalina (D.N.I. Nº 5.003.080) (Ciudad Autónoma de Buenos Aires). VOCALES TITULARES: JARAMILLO, Ana María (D.N.I. Nº 6.032.421) (Provincia de Buenos Aires); MANAUTA, Leticia Catalina (D.N.I. Nº 5.003.080) (Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y MANSON, Enrique José María (D.N.I. Nº 4.395.707) (Provincia de Buenos Aires). VOCALES SUPLENTES: ROSA, Eduardo (D.N.I. Nº 4.207.588) (Provincia de Buenos Aires); VERGARA, Osvaldo Miguel (D.N.I. Nº 6.044.423) (Provincia de Santa Fe) y CHUMBITA, Hugo Horacio (D.N.I. Nº 7.356.172) (Provincia de Buenos Aires).
Art. 9º — Los miembros de la COMISION DIRECTIVA durarán DOS (2) años en su mandato, serán elegidos por simple mayoría de los MIEMBROS DE NUMERO, y podrán ser reelectos.
Art. 10. — A partir de la finalización de la gestión de la primera HONORABLE COMISION DIRECTIVA, el Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTORICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO” será designado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION. Dicha propuesta surgirá de UNA (1) terna proveniente de la elección que, por simple mayoría, realizará la ASAMBLEA de los MIEMBROS DE NUMERO.
Art. 11. — Fíjanse como funciones del Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTORICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO”, las siguientes:
a) Representar al Instituto en todos los actos públicos, privados y en las relaciones oficiales.
b) Disponer el cumplimiento y ejecución de las resoluciones de la COMISION DIRECTIVA.
c) Resolver por sí, todos los asuntos de trámite común y aquellos de carácter urgente, debiendo informar de ello a la COMISION DIRECTIVA en la primera oportunidad.
d) Ejercer el control de todas las publicaciones que realice la Institución.
Art. 12. — Todos los cargos creados por el presente decreto revisten carácter “ad-honorem”.
Art. 13. — La COMISION DIRECTIVA tendrá a su cargo la redacción del Reglamento Interno que deberá ser aprobado por la ASAMBLEA de los MIEMBROS DE NUMERO.
Art. 14. — Hasta tanto se dote al INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTORICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO” de la estructura necesaria para su funcionamiento, la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION prestará el apoyo técnico y administrativo que resulte pertinente.
Art. 15. — A los fines de posibilitar el funcionamiento del INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTORICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO” durante el presente ejercicio, el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS realizará la reasignación de las partidas presupuestarias que resulten necesarias.
Art. 16. — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou. — Alberto E. Sileoni.

ANEXO

APELLIDO Y NOMBRE
D.N.I. Nº

O’DONNELL, Mario Ernesto
4.381.587
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
BELLOTTA, Araceli Viviana
14.027.615
Provincia de Buenos Aires
RAMOS, Víctor Jorge
11.666.737
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
LAUNAY, Luis Oscar
7.829.866
Provincia de Buenos Aires
GULLO, Juan Marcelo
16.267.027
Provincia de Santa Fe
VAZQUEZ, Pablo Adrián
22.001.031
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
MANAUTA, Leticia Catalina
5.003.080
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
JARAMILLO, Ana María
6.032.421
Provincia de Buenos Aires
REGALI, Enzo Alberto
10.315.920
Provincia de Entre Ríos
MANSON, Enrique José María
4.395.707
Provincia de Buenos Aires
VERGARA, Osvaldo Miguel
6.044.423
Provincia de Santa Fe
CHUMBITA, Hugo Horacio
7.356.172
Provincia de Buenos Aires
BRIENZA, Hernán Leandro
22.042.533
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
PIGNA, Felipe Isidro
13.276.983
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
CABALLERO, Roberto Carlos
21.479.436
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
PESTANHA, Francisco José
16.920.144
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
TESTA, Antonio
10.895.517
Provincia de Buenos Aires
ANGUITA, Eduardo
10.923.890
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
HERNANDEZ, Pablo José
10.266.074
Provincia de Buenos Aires
D’ANTONIO, Fabián Alberto
17.032.192
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
GELLY CANTILO, Alberto
4.425.397
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
BRION, Daniel
10.132.347
Provincia de Buenos Aires
FERNANDEZ, Aníbal Domingo
12.622.480
Provincia de Buenos Aires
FERNANDEZ BARAIBAR, Julio
5.391.385
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
GARCIA PEREZ, Darío Oscar
17.635.353
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ROSA, Eduardo Manuel
4.207.588
Provincia de Buenos Aires
CABRAL, Salvador
5.868.026
Provincia de Misiones
SCHIAVONI, Faustino
5.885.037
Provincia de Entre Ríos
ALVAREZ RODRIGUEZ, Cristina
18.605.828
Provincia de Buenos Aires
CALCEGLIA, Inés Malvina
16.570.848
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
COSCIA, Jorge Edmundo
10.520.489
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
JAURETCHE, Ernesto
4.288.602
Provincia de Buenos Aires
ROJAS, Liliana
13.281.621
Provincia de Misiones

12.11.11

13 de noviembre: Día del Pensamiento Nacional



"La Ceniza y la Brasa" de Julio Fernández Baraibar. Una semblanza de Arturo Jauretche en su dimensión de político, escritor y pensador. Con entrevistas a Alejandro Dolina, Aníbal Ford, Jorge B. Rivera, Noé Jitrik, Fermín Chávez y otros, cuenta con música compuesta e interpretada por Juan Falú.

Fernández Baraibar publicó los libros “Un solo impulso americano. El Mercosur de Perón”, “La Argentina sin Perón”, y “Milongueros y otros homenajes”.

Arturo Jauretche (13 de noviembre 1901 - 25 de mayo 1974)